Los Consejos de Educación Secundaria y Enseñanza Técnica Profesional proporcionarán el padrón de estudiantes habilitados para la obtención del beneficio correspondiente al inicio de cada año lectivo. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 152/012 de 11/05/2012 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 351/005 de 27/09/2005 artículo 3.