FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. SETIEMBRE 2003




Promulgación: 01/09/2003
Publicación: 09/09/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 428
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Lo dispuesto en el Artículo 1º regirá a partir del 1º de setiembre de 
2003 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, 
rurales y de la esquila.
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