AUTORIZACION A LA DGI PARA LA CESION DE CERTIFICADOS DE CREDITO EMITIDOS PARA LA CANCELACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS




Promulgación: 16/11/2022
Publicación: 24/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   La cesión que se autoriza por el presente Decreto no podrá superar el tope de $ 2:500.000 (pesos uruguayos dos millones quinientos mil) por cedente y deberá realizarse hasta el 31 de agosto de 2023. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 110/023 de 28/03/2023 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 373/022 de 16/11/2022 artículo 3.
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