CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 39 PRENSA RADIODIFUSION TELEVISION COMUNICACIONES Y TALLERES GRAFICOS DE EMPRESAS PERIODISTICAS. SUBGRUPO RADIODIFUSION
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Establécese que el traslado a precios de los aumentos salariales,
determinados por el presente decreto, en ningún caso podrá ser mayor a lo
que incida el 22% de los salarios al 1º de marzo de 1985 en la estructura
de costos de cada empresa.