VISTO: La gestión iniciada por el Banco Central del Uruguay para ampliar
su Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del
Banco Central del Uruguay correspondiente al ejercicio 2004;
RESULTANDO: I) Que por Decreto No. 453/003 de 30 de octubre de 2003 el
Poder Ejecutivo aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones
Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay
correspondiente al Ejercicio 2004, a precios promedio del período enero -
abril 2003 y que posteriormente fuera adecuado a precios promedio del
período enero - junio 2004.
II) Que el Banco Central solicita ampliación de su Presupuesto a efectos
de atender la incorporación, por la vía de redistribución, de
funcionarios del Banco Hipotecario del Uruguay, aplicación de la facultad
conferida por el Art. 50 del Decreto No. 435/003 y reestructura
organizacional para la creación de 54 cargos a ser financiados por el
Fondo de Contrataciones Ley 17.556 de 15 de setiembre de 2002.
III) Que la ampliación solicitada asciende a $ 36:870.789 (treinta y seis
millones ochocientos setenta mil setecientos ochenta y nueve pesos
uruguayos) los cuales se desglosan en $ 25:898.058 para el Rubro 0
"Retribuciones de servicios personales", $ 8:975.456 para el Rubro 1
"Cargas legales sobre servicios personales" y $ 1:997.275 para el Rubro 7
"Subsidios y otras transferencias".
CONSIDERANDO: I) Que es necesario realizar una modificación presupuestal
que autorice el financiamiento de la referida ampliación.
II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y
el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo expuesto precedentemente,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Artículo 1
Sustitúyanse las partidas presupuestales del Presupuesto Operativo, de
Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay, a
regir desde el primero de enero de 2004, de acuerdo con el siguiente
detalle:
$ $
I - INGRESOS 2:952.678.837
1. Intereses 595:029.849
2. Utilidades de Cambio 759:915.632
3. Comisiones 104:152.831
4. Otros Ingresos 1.493:580.525
II - PRESUPUESTO OPERATIVO 1.024:431.705
RUBRO DENOMINACION $ $
0 RETRIBUCION SERV. PERSONALES 492:471.783
011311 Sueldos básicos carg. presup. 274:729.924
Directores 1:292.496
011312 Increm. Mayor Horario Perman. 48.335.504
011313 Dedicación Total 50:968.896
011315 Diferencia por Subrogación 1.153.536
011316 Prima por Antigüedad 9:961.636
019311 Sueldo Anual Complementario 34:524.944
019312 Aportes pers. s/ aguinaldo 18:590.356
021321 Sueldos Básicos pers. contrat. 150.480
021322 Increm. Mayor Horario Perman. 25.692
021323 Dedicación Total 27.084
021326 Prima por Antigüedad 15.120
029321 Sueldo Anual Complementario 18.204
029322 Aportes pers. s/ aguinaldo 9.804
061301 Por trabajo en horas extra 8:253.040
061303 Por Prima a la eficiencia 11:262.952
061304 Por funciones dist. al cargo 3:034.932
061305 Comp. por horarios especiales 969.120
061308 Comp. por dif. sal. func. redist. 646.080
061309 Comp. pers. por Reest. -Presup. 4:264.128
061311 Otras comp. adic. (nueva estr.) 1:004.277
061312 Adel. a cuenta (Retr. reestr.) 220.956
062311 Gastos de Representación 444.816
062313 Otras comp. adic. (estr. anter.) 271.356
076 Fdo. contrat. Ley No. 17556 15:923.670
077 Quebranto de Caja 2:971.968
078 Ley 16095 Art. 42 1:001.460
079 Subsido Ex Directores 2:399.352
1 CARGAS LEGALES S/ SERV. PERSON. 155:205.068
111 Aporte patron. sist. seg. soc. 150:304.864
133 Impuesto s/ retrib. person. 4:900.204
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 54:926.120
3 SERVICIOS NO PERSONALES 260:072.956
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 54:112.015
735 Otras transf. S. Público 350.724
749 Donaciones Varias 1:724.256
751 Prima por Matrimonio 17.388
752 Hogar Constituido 1:518.832
753 Prima por Nacimiento 34.776
754 Prestación por Hijo 3.900
773 Becas trabajo y pasantías 616.368
774 Contrib. por Asist. Médica 40:370.787
791 Tributos Nacionales 5:562.252
792 Tributos municipales 3:912.732
9 ASIGNACIONES GLOBALES 7:643.763
III - OPERACIONES FINANCIERAS 21.194:263.425
RUBRO DENOMINACION $
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 21.194:263.424
81 Amortiz. Deuda Interna 16:510:029.020
82 Amortiz. Deuda Externa 381:184.115
83 Ints. Deuda Interna 1:639:365.763
84 Ints. Deuda Externa 769:430.237
85 Dif. cambio y Aj. monet. 88:436.240
89 Otros intereses 1.805:818.049
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES 45:769.658
RUBRO DENOMINACION $
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBIL. NUEVOS 36:715.758
6 CONSTRUCC., MEJORAS Y REP. EXTR. 9:053.900
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte
de este Decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a
partir del primero de enero de 2003.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotiazación de $ 29,70 (veintinueve pesos uruguayos
con 70/100) por dólar estadounidense. Las restantes partidas en moneda
nacional están expresadas a precios promedio del período enero - junio de
2004.