REGLAMENTACION DE LA ACTIVIDAD DE LAS GUARDERIAS




Promulgación: 09/10/1997
Publicación: 27/10/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1089
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.802 Derogada/o de 19/12/1996.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

A los efectos de establecer la forma de elección del delegado de las
Guarderías en la Comisión Honoraria prevista en el Art. 4º de la Ley
16.802 de 19 de diciembre de 1996, una vez finalizado el relevamiento
mencionado en el artículo anterior, la Dirección de Educación del
Ministerio de Educación y Cultura recabará la opinión de las instituciones
registradas y elaborará una propuesta para su consideración por el Poder
Ejecutivo, quien resolverá en definitiva.
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