Reconócese el Nivel Académico del Título de Primer Grado en Ciencias
Militares, asimilado a la denominación establecida en el literal a) del
artículo 19 del citado Decreto 308/995, de los Oficiales Egresados de los
Institutos de Formación y Capacitación del Ejército Nacional que hubieran
culminado los requisitos académicos previstos en la Resolución del
Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, de 22 de
mayo de 2001.-