La Dirección Nacional de Industrial será la autoridad competente para la
expedición de los Certificados de Conformidad con el Reglamento, pudiendo
actuar por sí, o por intermedio de otros organismos públicos o privados
debidamente acreditados a los que supervisará, o convalidando
certificaciones de la autoridad competente del país exportador sobre la
base de acuerdos de reciprocidad.