INCREMENTO DE LA CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. ENERO 2016




Promulgación: 31/12/2015
Publicación: 28/01/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   El incremento autorizado por el artículo precedente no podrá ser superior al que resulte de incrementar en 5,69% (cinco con sesenta y nueve por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 258/015 de 24 de setiembre de 2015.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 15.
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