Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Increméntase, con carácter nacional, en un 26,5% los salarios vigentes al 1° de marzo de 1985 de los trabajadores de la curtiembre Paycueros,
con vigencia desde el 1° de junio de 1985 y hasta el 30 de setiembre de 1985.