Las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva reducirán a partir del 1° de diciembre de 2014 el valor de las cuotas básicas de afiliaciones individuales no vitalicias y las cuotas básicas de convenios colectivos, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos.
La reducción prevista en el inciso precedente será de 12,1% (doce con uno por ciento) sobre los valores respectivos calculados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 313/014 de 31 de octubre de 2014.