Autorízase a que las empresas descuenten al precio de su costo, los objetos o útiles que hubieran sido perdidos o destruidos
injustificadamente por sus trabajadores. En un plazo no mayor de 60 días contados a partir del reinicio de sus actividades, las empresas deberán entregar el equipo correspondiente a aquellos trabajadores que no lo posean actualmente, con excepción de los trabajadores que no hayan cumplido el período de prueba que no podrá exceder de 90 días.