El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 23,
Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 81 y 82.
POLITICA DE COMPRAS PUBLICAS SOSTENIBLES
Artículo 7
Son cometidos de ACCE, en su rol de coordinador y responsable por la implementación de la política:
* Convocar al Consejo Asesor en Compras Públicas Sostenibles.
* Brindar asesoría técnica y capacitación en Compras Públicas
Sostenibles a los distintos actores involucrados.
* Aprobar los planes de acción de acuerdo a los lineamientos
emanados de la política de Compras Públicas Sostenibles.
* Elaborar y coordinar las acciones pertinentes para implementar la
política y los planes de acción en materia de Compras Públicas
Sostenibles.
* Difundir, capacitar y sensibilizar en el uso de criterios
alcanzados por la política de Compras Públicas Sostenibles.
* Promover las actualizaciones que considere pertinentes para
modificar la política, los planes de acción y los instrumentos
vinculados con el asesoramiento del Consejo Asesor.
* Conformar y convocar grupos técnicos interinstitucionales a los
efectos de implementar o diseñar los instrumentos vinculados a
los planes de acción.
* Generar información sistemática y monitorear los avances en la
implementación de la política de Compras Públicas Sostenibles y
de los planes de acción.
* Dictar resoluciones donde se disponga los criterios de
sostenibilidad a incorporar al sistema nacional de contratación
pública así como la instancia de aplicación de los mismos.