EMISION DE BONOS DEL TESORO. BONOS GLOBALES EN PESOS REAJUSTABLES 1ª SERIE




Promulgación: 06/10/2003
Publicación: 17/10/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 643
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Los intereses que devengarán los Bonos se pagarán semestralmente en 
dólares de los Estados Unidos de América, convirtiendo a esa moneda a la 
fecha de vencimiento la cantidad de pesos uruguayos reajustados según el 
valor de la Unidad Indexada. El primer vencimiento de intereses tendrá 
lugar seis meses después de la fecha de emisión de los Bonos.-
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