PROTECCION DE LOS DERECHOS AL CONSUMIDOR - MERCADO DE CREDITOS




Promulgación: 18/10/1996
Publicación: 23/10/1996
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 940

Artículo 3

   (Estados de Cuenta). En los estados de cuenta mensuales, se deberá dar
la siguiente información:
 3.1 - Monto de crédito autorizado y disponible.
 3.2 - Detalle de los gastos del mes (fecha, lugar, monto y moneda) y
cargos que eventualmente existan por el uso de la tarjeta, así como
indicación expresa de si existen o no productos bonificables.
 3.3 - Fechas de cierre mensual de compras y de vencimiento de pago.
 3.4 - indicación de formas de pago y del monto mínimo de pago incluido
los impuestos que hubiere.
 3.5 - Indicación del monto y fecha del último pago realizado en caso de
saldos pendientes.
 3.6 - Tasa de interés efectiva anual sin el impuesto incluido.
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