Autorízase a pagar los importes que resulten de lo dispuesto en el
presente decreto y que correspondan a ejercicios anteriores con cargo al
objeto 091 "Retribuciones de ejercicios anteriores" en un plazo de 6
(seis) meses; de conformidad con un plan de pagos que se ajuste a la
formulación del programa anual de caja (PAC) mensualizado, elaborado en
coordinación con la Tesorería General de la Nación.