VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo N° 385/006 de 18 de octubre de 2006.
RESULTANDO: I) que se incurrió en error en el artículo 1° del citado Decreto al establecer la suma total de la adquisición de dos automóviles y una camioneta blindados.
II) que la referida suma debe ser ajustada a la factura proforma de la empresa General Motors Uruguay S.A.
III) que debe declararse que los vehículos a importar se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva previsto en el artículo 463 de la Ley 16.226 de 29 de octubre de 1991.
CONSIDERANDO: que debe modificarse el Decreto N° 385/006 de 18 de octubre de 2006, ajustando el monto total de la importación de los vehículos referidos y declarando su exención impositiva.
ATENTO: a todo lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
actuando en Consejo de Ministros.
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 385/006 de 18/10/2006
artículo 1.
TABARE VAZQUEZ - JOSE DIAZ - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA
BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - MARTIN PONCE DE LEON - EDUARDO
BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA
- MARINA ARISMENDI