Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Establécese que para la Compañía Uruguaya de Cemento Portland el traslado a precios de los aumentos salariales determinado por el presente decreto, no podrá ser superior a lo que incida el aumento salarial según
el párrafo anterior, en la estructura de costos de la Empresa.