HABILITACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES. SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES A DETERMINADAS ORGANIZACIONES Y UNIDADES EJECUTORAS




Promulgación: 05/11/2007
Publicación: 12/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1049
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Habilítanse a partir del 1º de enero de 2008, en las Unidades Ejecutoras
que se detallan y por los montos indicados a continuación, los créditos
presupuestales en los objetos del gasto que las mismas establezcan, de
acuerdo con la normativa vigente y previo visto bueno de la Contaduría
General de la Nación:

Inciso U.E.     Nombre                                      Importe en $
03     41     Dirección Nac. Aviación Civil e                 39.583.475
              Infraestructura Aeronáutica
04     24     Dirección Nacional de Bomberos                  42.384.863
09     01     Dirección General de Secretaría                107.377.797
13     06     Instituto Nacional de Alimentación             101.558.069
                                                   Total     290:904.204

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
Referencias al artículo
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