ESTABLECESE QUE EL CENTRO DE INSTRUCCION DE INTELIGENCIA DEL EJERCITO SE DENOMINARA "ESCUELA DE INTELIGENCIA DEL EJERCITO". APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES




Promulgación: 17/12/2018
Publicación: 31/12/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión del Comando General del Ejército relativa a la Escuela de Inteligencia del Ejército.

   RESULTANDO: I) que por Decreto 645/979 de 13 de noviembre de 1979 se creó la Escuela de Inteligencia del Ejército, dependiente del Comando General del Ejército.

   II) que por Decreto 780/979 de 26 de diciembre de 1979 se aprobó la Reglamentación de la Organización y Funcionamiento de la citada Escuela, la cual fue modificada por Decreto 238/980 de 29 de abril de 1980, pasando a depender del Estado Mayor del Ejército.

   III) que por Decreto 133/001 de 20 de abril de 2001 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Enseñanza del Ejército, modificando en el numeral 11 tácitamente el nombre de la Escuela de Inteligencia del Ejército, al establecerla como Centro de Instrucción y nominarla "Centro de Instrucción de Inteligencia del Ejército" dependiente del Estado Mayor del Ejército.

   IV) que por Decreto 220/003 de 3 de junio de 2003 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Estado Mayor del Ejército, estableciéndose en su numeral 3.4.3.1.4.4 que del citado Estado Mayor dependerán las actividades de la Escuela de Inteligencia del Ejército, sin considerar la modificación de denominación a Centro de Instrucción de Inteligencia del Ejército, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 133/001 antes mencionado.

   V) que por Decreto 431/003 de 29 de octubre de 2003, se derogó el Decreto 133/001, manteniéndose lo referente al Centro de Instrucción de Inteligencia del Ejército y aprobándose el organigrama del Sistema de Enseñanza del Ejército.

   VI) que por Decreto 257/006 de 7 de agosto de 2006, se sustituyó el Organigrama antes referido, incluyéndose el Centro de Instrucción de Inteligencia del Ejército como dependiente del Estado Mayor del Ejército.

   CONSIDERANDO: la necesidad de adecuar el marco normativo para efectivizar el correcto funcionamiento de la Escuela de Inteligencia del Ejército en el ámbito del Instituto Militar de las Armas y Especialidades y unificar su denominación.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídico Notarial del Estado Mayor del Ejército y por el Departamento Jurídico Notarial del Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   El "Centro de Instrucción de Inteligencia del Ejército" se denominará "Escuela de Inteligencia del Ejército" y dependerá del Instituto Militar de las Armas y Especialidades a través de la Escuela de Especialidades del Ejército.     

Artículo 2

   Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la "Escuela de Inteligencia del Ejército", el que quedará redactado según Anexo I y su Organigrama en el Anexo II, los cuales forman parte integrante del presente Decreto.(*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 3

   Derogar el Decreto 645/979 de 13 de noviembre de 1979 y el Decreto 780/979 de 26 de diciembre de 1979 en la redacción dada por el Decreto 238/980 de 29 de abril de 1980. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 4

   Derogar el literal b) C) del numeral 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Enseñanza del Ejército aprobado por el Decreto 431/003 de 29 de octubre de 2003 y el numeral 3.4.3.1.4.4. del Reglamento Organización y Funciones del Estado Mayor del Ejército, aprobado por el Decreto 220/003 de 3 de junio de 2003. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 5

   Suprimir del Organigrama aprobado por el Decreto 431/003 de 29 de octubre de 2003 en la redacción dada por el artículo 2 del Decreto 257/006 de 7 de agosto de 2006, el Centro de Instrucción de Inteligencia del Ejército (C.I.I.E.). (*) 

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 6

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército para conocimiento y efectos pertinentes. Oportunamente, archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE MENÉNDEZ
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