Visto: el decreto 321/975, de fecha 17 de abril de 1975, por el cual se
establece la reglamentación referente a las frutas cítricas que se
destinen a exportación.
Resultando: la experiencia recogida hasta la fecha hace necesario la
introducción de diversas modificaciones al mismo.
Considerando: dichas modificaciones propuestas por Cotepro a la
Intervención del Plan Granjero fueron aprobadas por la Comisión Honoraria
Nacional del Plan Citrícola,
El Presidente de la República
DECRETA: