FIJACION CUOTA PROMEDIO DE AFILIADOS INDIVIDUALES NO VITALICIOS DE SOCIEDADES MEDICAS. DICIEMBRE 1995




Promulgación: 29/11/1995
Publicación: 13/12/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

  Conjuntamente con la comunicación prevista en el artículo 3º, las
Instituciones deberán presentar los certificados exigidos por el artículo
17º del Decreto Nº 301/987 de 23 de junio de 1987. 
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