Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 8
Homológase, en todos sus términos los convenios colectivos suscritos entre el Congreso Obrero Textil, la Asociación de Industrias Textiles del Uruguay y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con fecha 30 de marzo de 1985 y entre el Congreso Obrero Textil, el Punto Industrial uruguay y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el 25 de abril de 1985.