APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1996




Promulgación: 19/11/1996
Publicación: 11/12/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1062

Artículo 16

   Los funcionarios que desarrollen su labor en régimen de reducción
horaria, de 6 horas diarias (seis horas) percibirán el 75% (setenta y
cinco por ciento) del sueldo correspondiente a su categoría, que resulta
de la escala citada en el artículo precedente.
   El ingreso a este régimen deberá contar con la aprobación expresa de la
Gerencia respectiva y de la Gerencia General. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 20 y 23.
Referencias al artículo
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