REGIMEN DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE TERCEROS. TARJETAS DE CREDITO




Promulgación: 25/09/2009
Publicación: 08/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 915
VISTO: lo dispuesto por el Decreto Nº 94/002 de 19 de marzo de 2002.

RESULTANDO: que dicha norma designa responsables por el pago de
obligaciones tributarias de terceros a las empresas que mediante tarjetas
de crédito, de débito o de compra, órdenes de compra u otras modalidades
similares administren créditos interviniendo en las ventas de bienes y
prestaciones de servicios, realizadas por terceros.

CONSIDERANDO: I) que el inciso tercero de la norma mencionada, dispone una
tasa reducida para las empresas que giran en el ramo de Estaciones de
Servicios, inmobiliarias y Tax Free Shops del Capítulo 32 del Título 3 del
Texto Ordenado 1996.

II) que se considera conveniente incluir en dicha categoría a las empresas
que giran en el ramo de agencias de viajes.

ATENTO: a lo expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 94/002 de 19/03/2002 
artículo 1 inciso 3º).

Artículo 2

 Vigencia: el presente Decreto entrará en vigencia primer día del mes
siguiente al de su publicación.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, archívese.

RODOLFO NIN NOVOA - ALVARO GARCIA
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