FIJACION DE HORARIOS PARA DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 19/11/1997
Publicación: 03/12/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1544
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La atención al público se cumplirá en todos los casos a partir de las
8:15 horas y hasta media hora antes de la finalización del horario de
labor.
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