CONVENIOS LABORALES. ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 30 AGENCIAS DE CARGA AEREA Y COURIER. CAPITULO AGENCIAS DE CARGA AEREA




Promulgación: 12/01/1988
Publicación: 09/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Como consecuencia de dicho incremento los salarios mínimos por 
categoría serán los siguientes:

Personal Administrativo
  
                                                       N$
                                                       __

                                                    mensuales

    I) Cadete                                        34.044,00
   II) Telefonista/Recepcionista                     42.554,00
  III) Auxiliar 3°                                   48.229,00
   IV) Auxiliar 2°/Cajero                            53.904,00
    V) Secretario                                    56.740,00
   VI) Auxiliar 1°                                   62.415,00
 VIII) Jefe de Administración                        70.725,00

Personal Especializado
                                                       N$
                                                       __

                                                    mensuales 
    
    I) Auxiliar 3°                                   48.229,00  
   II) Auxiliar 2°                                   53.904,00
  III) Promotor de ventas                            56.740,00
   IV) Auxiliar 1°                                   62.415,00
    V) Jefe de Exportaciones, Jefe de
       Importaciones y Jefe de Ventas                70.925,00
 
  Personal de Servicio

    I) Limpiador/Sereno                              39.719,00
   
  Personal de depósito o transporte
                                                       N$
                                                       __

                                                    mensuales
    
    I) Peón                                          39.719,00
   II) Chofer                                        42.554,00
  III) Chofer con acarreo/encargado de depósito         51.066
                                                       
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