Establécese que la presente autorización, y su correspondiente concesión de uso y asignación de espectro radioeléctrico, se otorga por el plazo de diez años para servicios de radiodifusión de radio y de quince años para servicios de radiodifusión de televisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley N° 19.307.