FIJACION DEL VALOR REAL DE INMUEBLES URBANOS, SUBURBANOS Y RURALES. AÑO 2004




Promulgación: 22/12/2004
Publicación: 31/12/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1521

Artículo 2

 Fíjase en $ 1:501.000,oo (pesos uruguayos un millón quinientos un mil)
el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio correspondiente al año
2004, para las personas físicas y sucesiones indivisas.-
Para el núcleo familiar se duplicará el importe mencionado en el inciso
anterior.-
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