REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS. UNIDAD DE GESTION DEL PROYECTO DE MODERNIZACION. DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS




Promulgación: 26/11/2007
Publicación: 04/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1249

Artículo 2

 Autorízase la inclusión dentro de los dependientes previstos en el
artículo anterior a funcionarios en régimen de Alta Especialización,
Contratos a Término y al personal que presta funciones bajo el régimen del
lit. C incisos 2 y siguientes del artículo 166 de la Ley Nº 17.296, de 21
de febrero de 2001 siempre que no se encuentren percibiendo el complemento
máximo autorizado en la normativa vigente y por hasta ese monto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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