REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS. UNIDAD DE GESTION DEL PROYECTO DE MODERNIZACION. DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS




Promulgación: 26/11/2007
Publicación: 04/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1249

Artículo 3

 Para acceder a las compensaciones referidas en el artículo 1º, se deberá
cumplir con los siguientes requisitos:

a) ser dependiente de la Dirección Nacional de Aduanas.
b) haber sido formalmente designado por el Director Nacional de Aduanas
para integrar uno o más equipos del Proyecto, con una indicación precisa
de las actividades que deberá desarrollar en los mismos.
c) incrementar su dedicación horaria para continuar desarrollando las
actividades normales correspondientes al puesto de trabajo que desempeña
en la Dirección Nacional de Aduanas o bien cumplir funciones que
impliquen, de acuerdo con las jerarquías, un grado de responsabilidad y
especialización notoriamente superior al que desempeña en la Dirección
Nacional de Aduanas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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