DECLARACION DE INTERES NACIONAL. INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE TERMINALES PUNTO DE VENTA (POS) PARA TRANSACCIONES EFECTUADAS POR MEDIOS ELECTRONICOS DE PAGO
(Alcance temporal).- Las inversiones que se podrán amparar al presente régimen serán las correspondientes a terminales POS, teclados numéricos (PIN PAD) y demás accesorios de terminales POS instalados entre el 1° de enero de 2012 y el 30 de junio de 2013. Respecto a los bienes incorporales, el plazo de ejecución es el establecido en el literal c)
del artículo 2° del presente Decreto. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 293/012 de 03/09/2012 artículo 2.
Ver en esta norma, artículo:5.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 459/011 de 23/12/2011 artículo 3.