Los beneficiarios del sistema de exoneraciones parciales, otorgadas de
acuerdo a las respectivas disposiciones reglamentarias, podrán actualizar
el valor de las libretas de boletos o pasadas que fueron adquiridas con
anterioridad al 1º de diciembre de 2007 dentro de los 10 (diez) días
hábiles siguientes a dicha fecha. Vencido dicho plazo, los puestos de
recaudación de peaje no recibirán los boletos hasta tanto no hayan sido
actualizados, lo que sólo podrá realizarse dentro del período de vigencia.