EJERCITO NACIONAL - FUERZA AEREA URUGUAYA




Promulgación: 16/10/1990
Publicación: 20/11/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 462
 Visto: la gestión realizada por el Servicio de Tutela Social de las
Fuerzas Armadas en el sentido de actualizar las normas aprobadas por el
decreto 387/974 de fecha 21 de mayo de 1974 (Reglamentación de la Ayuda a
proporcionar al Personal que haya sufrido daños materiales causados bajo
circunstancias especiales).

Considerando: I) Que por decreto ley 15.569 de fecha 1º de junio de 1984,
se creó al Fondo Especial de Tutela Social para mejorar el bienestar
social de sus beneficiarios;

II) Que el decreto 387/974 aludido tiene carencias que la experiencia de
quince años de aplicación han puesto de manifiesto y que resulta
pertinente contemplar;

III) Que corresponde incluir entre los beneficiarios de la ayuda a
aquellos que aportan al Fondo estatuído por el decreto ley referido y
hayan sufrido daños materiales imprevisibles;

IV) Que ello permite una adecuación del sistema a la situación actual,
manteniendo la filosofía de profundo sentido humano que inspiró el decreto
originario.

Atento: a lo precedentemente expuesto,

                        El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la Reglamentación de Ayuda a proporcionar por el Servicio de
Tutela Social de las Fuerzas Armadas en caso de daños materiales
imprevisibles causados bajo circunstancias especiales la que quedará
redactada de la siguiente forma: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

  Derógase el decreto 387/974 de fecha 21 de mayo de 1974.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese y archívese.

LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO
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