MODIFICACION A LA REGLAMENTACION AL REGIMEN DE SANIDAD POLICIAL. REGULACION DE USUARIOS




Promulgación: 04/12/2001
Publicación: 13/12/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1466

Artículo 2

 Créase una Oficina dependiente de la Dirección Nacional de Sanidad 
Policial a los efectos de certificar la calidad de usuarios en los casos 
previstos en el literal a) del artículo anterior. Dicha Oficina estará 
integrada por el Sub Director Nacional Administrativo, Sub Director 
Nacional Técnico, un Asistente Social y tres Profesionales Médicos de la 
Dirección Nacional de Sanidad Policial especialistas en temas de 
discapacidad.
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