REGULACION DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LOS INSTITUTOS DE ASISTENCIA TECNICA A LOS FONDOS SOCIALES DE VIVIENDA




Promulgación: 29/07/1976
Publicación: 05/08/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 423

CAPITULO V - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 16

Conjuntamente con la copia del Convenio de Asistencia Técnica los
Institutos deberán presentar los siguiente elementos:

a)   Programas de Asistencia Social;

b)   Programas de educación comunitaria u otro, que signifique el adecuado
     aporte para elevar la condición socio-cultural;

c)   Programa de realización de trabajos con los integrantes del Fondo
     Social a sus grupos.

 Trimestralmente se presentará, firmada por las autoridades de la Comisión
Administradora respectiva, un resumen de las actividades cumplidas y de
las previstas para el trimestre subsiguiente.
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