Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (URA) del mes de
setiembre de 1989 en N$ 4.520,82 nuevos pesos cuatro mil quinientos veinte
con 82/100.