CONVENIOS LABORALES. ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. GRUPO Nº 19 INDUSTRIA DE LA LECHE Y AFINES. SUBGRUPO REPARTIDORES DE LECHE PASTERIZADA E INSPECCIONADA Y SUS DERIVADOS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Establécese que para los menores de 18 años no habrá salarios
diferentes, y su remuneración deberá ser proporcional al horario que realicen, el cual deberá estar de acuerdo con las disposiciones del Consejo del Niño.