Serán cometidos de la Comisión Nacional de Artes Visuales:
a) organizar anualmente el Salón Nacional de Artes Visuales en fecha que
determinará el Ministerio de Educación y Cultura a propuesta fundada de
la Comisión;
b) organizar y prestigiar exposiciones, o actividades similares,
nacionales o extranjeras, en el país o fuera de él, ya sean colectivas
o individuales, oficiales o privadas;
c) organizar conferencias u otros actos similares que tiendan a la
difusión de la cultura artística en el ámbito de la plástica así como
en el aspecto histórico y estético de la arquitectura;
d) colaborar con los Museos Nacionales y Municipales en el cumplimiento de
sus fines;
e) establecer con sus fondos o recabar de instituciones públicas o
privadas, o de particulares, premios destinados a las actividades
artísticas a realizarse.