INCREMENTO DE CUOTAS DE AFILIACION DE LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 31/12/1997
Publicación: 12/01/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

  Conjuntamente con la comunicación prevista en el artículo 4º, las
Instituciones deberán presentar los certificados exigidos por el artículo
17º, del Decreto Nº 301/987, de 23 de junio de 1987.-
Referencias al artículo
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