CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 41 ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y CULTURALES. SUBGRUPO ASOCIACIONES CULTURALES PARA LA ENSEÑANZA DE IDIOMAS




Promulgación: 12/08/1986
Publicación: 12/09/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Establécese con carácter nacional como salario mensual mínimo para el personal administrativo y de servicio comprendido en este Subgrupo, la suma de N$ 18.000 nominales (jornada de 8 horas), a partir del 1° de 
junio de 1986.
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