Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.747 de 28/12/1977 artículo 92.
Artículo 1-2
Art. 2 Los cursos necesarios para adquirir la especialidad del Cuerpo de
Seguridad Terrestre, Escalafón "C" se realizará en la Universidad que el
Mando de la Fuerza Aérea designe y deberá cumplir como mínimo con el
Programa de Estudios del Curso de Seguridad Terrestre de la Escuela
Militar de Aeronáutica.