APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 2001




Promulgación: 26/12/2001
Publicación: 07/01/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1759
Referencias a toda la norma
VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y 
de Inversiones del Instituto Nacional de Colonización correspondiente al 
ejercicio 2001.

CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su 
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

ATENTO: A lo establecido en el artículo Nº 221 de la Constitución de la 
República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

 Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto 
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Instituto 
Nacional de Colonización correspondientes al ejercicio 2001, de acuerdo 
con el siguiente detalle:

                                                    $               $
I - INGRESOS                                                    80.071.514

i.-       INGRESOS CORRIENTES.                      42.922.543

     -Rentas de Activos Realizables.                36.022.484
     -Rentas de Activos Financieros.                 5.190.664
     -Transferencias Sector Privado.                 1.709.395

ii.-      INGRESOS DE CAPITAL.                                  26.690.971

     -Venta de Fracciones.                             268.800
     -Cuotas de Amortización.                        1.318.446
     -Ventas Campos y Forestación
     Desafectados                                   21.248.000
     -Cuota Amortización Deudas
     Refinanc.                                       3.855.725
     -Venta de Vehículos.                                    0

iii.-     TRANSFERENCIA DEL
          GOBIERNO CENTRAL                                      10.458.000
     -Subsidio Ley de Presupuesto
     Nacional                                       10.458.000

II- PRESUPUESTO OPERATIVO.                                      71.620.814

                DENOMINACION

      0       RETRIBUCION SERVICIOS
              PERSONALES.                                       38.347.988

011.311.1     Directorio.                            1.597.416
                * Gerente General.                     388.968
                * Secretario Directorio.               327.552
011.311.2     Personal Presupuestado
              Redistribuido.                           670.332
 011.318.     Aumento Mayo/92 Presupuestados.           24.696
 019.311.     Sueldo Anual Complementario
              Presupuestados                           461.757
 021.321.     Sueldos Básicos Contratados.          12.644.220
 021.326.     Aumento Mayo/92 Contratados.             313.992     
 021.327.     Diferencia de Sueldos.                 1.417.013
 029.321.     Sueldo Anual Complementario
              Contratados.                           2.391.929
 036.331.     Retribución Jornaleros y Destajo.        780.924
 036.338.     Aumento Mayo/92 Jornaleros.               40.585
 039.331.     Sueldo Anual Compl. Jornaleros
              y Destajo.                                71.087
061.303.1     Prima a la Eficiencia Presupuestados.    217.507
061.303.2     Prima a la Eficiencia Contratados.     2.041.489
061.304.1     Funciones Distintas
              Presupuestados.                           15.155
061.304.2     Funciones Distintas Contratados.       3.557.832
 061.318.     Redistribución Funcionarios
              Permanentes.                              97.040
 061.321.     Horas Extra Contratados.                 359.801
 061.328.     Redistribución Funcionarios
              Contratados.                              52.112
 062.311.     Gastos de Representación.                539.736
062.318.1     Prima por Antigüedad
              Presupuestados.                          108.763
062.328.2     Prima por Antigüedad Contratados.      1.228.107
062.338.      Prima por Antigüedad Jornaleros.          34.857
063.1         Compensación Alimentación
              Presupuestados.                          524.856
063.2         Compensación Alimentación
              Contratados.                           5.957.640
077.          Quebranto de Caja.                       120.642
079.          Subsidios ex - Directores.             1.126.769
098.          Productividad.                         1.235.211

    1         CARGAS LEGALES  S/SERVICIOS
              PERSONALES                                        10.160.132

111.          Aporte Patronal Jubilatorio.           9.393.330
123.          Aporte Patronal al F. N. V.              383.401
131.          Impuesto a las Retribuciones
              Personales.                              383.401

    2         MATERIALES Y SUMINISTROS                           1.652.949

    3         SERVICIOS NO PERSONALES                            7.262.811

    7         SUBSIDIOS Y OTRAS
              TRANSFERENCIAS.                                    5.219.564

729.          Transferencias a Productores
              Privados                                  30.651
734.          Subsidios a Gobiernos
              Departamentales.                          83.591
739.          Otras Transferen. a Organismos
              Publicos.                                  7.231
749.          Transferencias a Instit sin Fines
              de Lucro                                  22.847
751.          Prima por Matrimonio.                     15.292
752.          Prima por Hogar Constituido.             708.815
753.          Prima por nacimiento.                     15.292
754.          Prestaciones por Hijo.                   200.466
773.          Becas.                                   393.120
774.          Contribución por Asistencia
              Médica.                                3.432.173
791.          Tributos Nacionales.                     302.498
792.          Tributos Municipales.                      7.588

III.-            OPERACIONES FINANCIERAS.                        6.243.657

   8          SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS.         6.243.657

81.           Amortización de Deuda Interna.                 0
83.           Intereses de Deuda Interna.            6.082.307
85.           Diferencia de Cambios y Otros.            49.409

86.           Préstamos.                                54.592
87.           Devolución a Colonos.                     57.349

   9          ASIGNACIONES GLOBALES                              2.733.713

91.           Sentencias Judiciales.                 2.466.240
94.           Partidas a Reaplicar.                    267.473

IV.- PLAN DE INVERSIONES.                                        4.265.500

   2          MATERIALES Y SUMINISTROS.              1.001.000
   3          SERVICIOS NO PERSONALES.               1.446.400
   4          MAQ., EQUIPOS Y MOBILIARIOS
              NUEVOS.                                1.222.400
   5          TIERRAS, ED. Y OTROS ACTIVOS
              PREEXIST.                                288.000
   6          CONSTRUCCIONES, MEJORAS Y
              REP. EXTRAORD.                           234.200
   9          ASIGNACIONES GLOBALES.                    73.500

La apertura por proyectos, fuentes de financiamiento y las partidas en 
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte 
de este Decreto.
Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales 
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo 
relativo a beneficios sociales, están expresados a precios promedio de 
enero - junio 2001; e incluyen asimismo la mano de obra de la Inversión.
Las normas presupuestales, planillas y estados que se acompañan se 
consideran parte integrante de este Decreto. Los sueldos de los señores 
Miembros del Directorio se determinarán en concordancia con lo comunicado 
por Nota de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con vigencia al mes 
de enero de 2001.
Las remuneraciones establecidas para los cargos de los Señores Gerentes 
General y Secretario de Directorio quedan reguladas en el 95% y el 80% 
respectivamente de la retribución de los Señores Miembros del Directorio, 
excepto la del Señor Presidente.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (cuadros).

BATLLE - GONZALO GONZALEZ - ALBERTO BENSION


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