DEUDA PUBLICA - BONOS DEL TESORO. 26ª SERIE




Promulgación: 13/08/1986
Publicación: 19/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 196

Artículo 6

   Los servicios de interés y rescate, así como las comisiones y gastos
por todo concepto que demande la administración de los Bonos del Tesoro,
se realizarán a través del Banco Central del Uruguay en su carácter de
Agente Financiero del Estado.
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