FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2004




Promulgación: 31/12/2003
Publicación: 13/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1790

Artículo 2

   Lo dispuesto en el Artículo 1º regirá a partir del 1º de enero de 2004
y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, 
rurales y de la esquila.
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