REGLAMENTACION DE LA ATENCION MEDICA DE EMERGENCIA CON UNIDADES MOVILES




Promulgación: 26/08/1986
Publicación: 20/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1986
  •    Página: 288
Derogada/o por: Decreto Nº 309/008 de 24/06/2008 artículo 33.
Referencias a toda la norma
   Visto: la conveniencia de actualizar y ajustar las disposiciones
vigentes que reglamentan la atención médica de emergencia con unidades
móviles.

     Atento: a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Salud Pública 9.202 de
fecha 12 de enero de 1934, artículos 2º, numeral 1º, 6º y 14 y demás
normas concordantes.

                      El Presidente de la República,

                              DECRETA:

CAPITULO I - DE LOS CENTROS O SERVICIOS DE ATENCION MEDICA DE EMERGENCIA CON UNIDADES MOVILES

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 9 y 15.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 578/986 de 26/08/1986 artículo 1.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - RAUL UGARTE ARTOLA
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