FIJACION DEL PRECIO DE VENTA DE ANCAP A UTE DE FUEL OIL




Promulgación: 14/09/1988
Publicación: 10/10/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Este precio será de aplicación para las transacciones entre ambos Entes en exceso de la cantidad de 40.000 m3. dentro del año calendario 1988 y que sean destinados a la generación de energía eléctrica para el consumo dentro del País.
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