EMISION DE BONOS DEL TESORO EN DOLARES ESTADOUNIDENSES




Promulgación: 30/10/1991
Publicación: 13/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 655

Artículo 5

   La amortización de estos Bonos se realizará en cuotas anuales, según la
forma que reglamentará el Banco Central del Uruguay, rescatando a la par y
hasta completar un monto equivalente a l/8 del total emitido, los títulos
que le sean presentados en el período comprendido entre el 1º y el 15 de
noviembre de cada año.

   Vencido cada período anual se cerrará la amortización correspondiente y
el remanente, si lo hubiera, se acumulará al rescate final.

   El primer período de amortización comenzará a partir del 1º de
noviembre de 1992.

   El valor de los Bonos rescatados será pagado en dólares de los Estados
Unidos de América.
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