Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de
noviembre de 1990 en N$ 9.849,02 (nuevos pesos nueve mil ochocientas
cuarenta y nueve con 02/100).