FIJACION DE CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. ENERO 2009




Promulgación: 28/12/2009
Publicación: 14/01/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 2109
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Las sumas que las referidas Instituciones tengan autorizadas por concepto
de sobre-cuota por inversión, podrán ser adicionadas, total o
parcialmente, a los valores de las cuotas de afiliaciones resultantes de
la aplicación del artículo 2° del presente Decreto, a efectos de ser
utilizadas en la gestión operativa de las mismas. El monto afectado a
dicha gestión, no podrá ser percibido como sobre-cuota por inversión.
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